Se reúne en los locales de la empresa en la calle Orense nº 2, la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Grupo Generali España
En
Madrid, a 1º de Marzo de 2.007, y siendo las 22:15 horas, se
reúne en los locales de la empresa en la calle Orense
nº
2, la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Grupo
Generali España, integrada por las siguientes
representaciones:
A
S I S T E N T E S:
POR
LAS EMPRESAS:
…
POR
SIEGE:
…
POR
COMFIA (CC.OO.)
…
POR
CGT
…
POR
UGT
…
Tras
las diversas deliberaciones mantenidas y las correspondientes
exposiciones de las posiciones de las Representaciones Sindicales y
de la Empresa, a lo largo de las sesiones de negociación,
se establece un Acuerdo de Principios, sobre las materias que a
continuación se indican, y de cuya redacción
definitiva, de acuerdo con la Comisión que a tal efecto se
constituye por los firmantes de este documento, reservan su
decisión
definitiva de acuerdo o desacuerdo sobre el IV CONVENIO DE GRUPO
GENERALI ESPAÑA:
Los
firmantes del presente documento designan, en representación
de cada una de las partes, a los siguientes componentes de la
Comisión de Redacción, la cual
formalizará la
presentación del texto definitivo del Convenio antes del
día
12 de marzo de 2007.
Vigencia:
4
años (2.007 – 2.010).
Jornada:
Distribución
general Compañías:
Aplicación
para todas las Cías del Grupo de los beneficios de Estrella
en la distribución de jornada, vísperas de
festivos, semana patronal, 2 días de libre
disposición y 31 de diciembre de forma alterna.
Disponibilidad
horaria. Art. 19. 1.3:
Primer
párrafo. Mantenimiento.Añadir
párrafo nuevo:
Sometimiento a
Régimen GeneralGrupo I. Limitado a
definición del artículo 12.2, párrafo
1º del Convenio General del Sector.Absolutamente
imprescindible en colaboración o auxilio.
Función
de control de la Comisión Mixta
Jornada:
Para el
disfrute de los 2 días de libre disposición, se
habilitan, además de los restantes periodos de
recuperación, 4 viernes tarde como tiempo hábil
de recuperación (decisión voluntaria e
individual).
Compensación
de comida: extensión a jornadas de tarde.
Periodos de
recuperación general, excepto COS e Informática:
Invierno:
De Lunes a Jueves,
de 08:15 a 09:00, una hora entre 14:00 y 16:00 y de 18:00 a 18:30.Viernes, de 08:15 a
09:00, de 14:00 a 15:00.
Verano:
De Lunes a Jueves,
de 08:00 a 08:30, y de 15:00 a 15:30.
Por
la tarde, de 16:00 a 18:30 con una hora mínima para comer.
Viernes, de 08:00 a
08:30, y de 14:00 a 15:30.
COS:
Para el COS, el
disfrute de los 2 días de libre disposición, no
podrán coincidir con:Jornada estival.
Coincidencia no
superior al 12% de la plantilla del centro.Sistema de
alternancia, respetando principios de igualdad.
Cobertura
festivos intersemanales (COS e Informática):Preferentemente
voluntario.Resto,
designación por la empresa.Compensación,
125% salario bruto, con un importe mínimo de 128,76
€.20 minutos
desayuno, consideración de tiempo efectivo de trabajo.
Complemento
económico del turno de tarde: 150 €/mensuales para
aquellos empleados que no disfruten del mismo.
Mantenimiento
actual adscripción a turnos.
Desistimiento
a actuales procesos de conflictos colectivos.
Horarios:
Jornada de
Invierno (Del 16 de septiembre al 14 de junio)
Supresión
de los retenes de invierno.
C-2: De 8:30 a
14:30 horas y de 15:30 a 18:00 horas
C-3: De 9:00 a
14:30 horas y de 15:30 a 18:30 horas
Viernes: De
8:30 a 14:30 horas
Jornada de
Verano (Del 15 de junio al 15 de septiembre)
De
Lunes a Viernes, de 08:00 a 15:00 horas
Retenes de
verano y semana patronal. Reducción de 12 a un total de 9:
De
9:00 a 14:30 horas y de 15:30 a 18:30 horas.
Disposición
Adicional o Transitoria: Mantenimiento de la adscripción
actual de turnos.
E) Jornada
Informática:
1.
Jornada de Invierno (Del 16 de septiembre al 14 de junio)
De
8:45 a 14:00 horas y de 15:30 a 18:30 horas
En
el intervalo 14:00 a 15:30, periodo máximo de
recuperación
de 30 minutos.
Viernes: De 8’45 a
14’00 horas
Retenes
viernes, vísperas de festivos y semana patronal:
Afectación
máxima (25% plantilla), con la actual
configuración de
grupos para festivos locales.
De
8’45 a 14’00 horas y de 15’30 a
18’30 horas
2.
Jornada de Verano (Del 15 de junio al 15 de septiembre)
8’00
a las 15’00 horas
Viernes: De 8’00 a
las 14’00 horas
Retenes: Lunes
a jueves, vísperas de festivos y semana patronal.
Afectación
máxima (25 % plantilla), con la actual
configuración de
grupos para festivos locales.
8’45 a 14’00 horas y de 15’30 a
18’30 horas
Horas
complementarias y fuerza mayor impropias. Causas:Accidentes
climatológicos,Incendios,
Graves
averías,Otras
circunstancias análogas que, aunque previsibles resulten
inevitables y que determinen aumentos sensibles de la actividad
ordinaria.
Compensación:
106 € brutos/ día o compensación con
tiempo de descanso.A efectos de
calificación de la naturaleza y compensación
señalada, se asigna el diferencial entre 1.650 y 1.700
horas/año.
Exceso,
tendrá la consideración de hora extraordinaria:Con el
régimen y tratamiento previsto para las horas de tal
naturaleza.
Tema
económico:
IPC real
durante la vigencia del Convenio sobre los conceptos retributivos y
resto de conceptos económicos (seguro de vida, premios
antigüedad …). Mínimo, IPC previsto.
Sistema de
Previsión: Aportación extraordinaria,
única y no consolidable, de un 1% (0,25% anual durante la
vigencia del convenio).
Cláusula
general de absorción y compensación de derechos
derivados de horas extraordinarias con abonos unilaterales y
voluntarios (Complemento Voluntario).
Anticipos:
Limitación, completa amortización del
préstamo existente para realizar nueva solicitud.
Movilidad
geográfica por mutuo acuerdo:
Condiciones
acordadas por las partes cuando tengan origen en la petición
del trabajador.
Conciliación
vida familiar:
Reducción
de jornada hasta un 1/8 por guarda legal.Permiso de
paternidad: 15 días naturalesAcumulación
del periodo de lactancia en 15 días laborables.Dos días
de permiso por traslado.
Cesta de
Navidad:
Derogación.
Creación
de Cheque Regalo, para:Personal activo
Mejora de la
cuantía.
Comisiones:
Mixta:
Control y seguimiento. Añadir a las establecidas.Función
específica sobre aplicación del art. 19.1.3 a) y
1.3 c)
Igualdad:
Compatibilización vida familiar y laboral.Designación
miembro ponente
Seguridad y Salud:
Integración órganos sobre la materia de
ámbitos inferiores.Composición
de las mismas en orden a la representatividad de los firmantes.Utilización
de sistemas audiovisuales compatibilizados con reuniones de presencia
física.
Por la Empresa
Por S.I.E.G.E.
Por CC.OO. Por U.G.T.
Por C.G.T.
